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Detectarán casos de COVID-19 mediante códigos QR; expertos critican este sistema

A partir del lunes 23 de noviembre el gobierno de la CDMX comenzará a detectar casos positivos de COVID-19 en espacios cerrados a través de códigos QR.

Este sistema tiene como objetivo principal frenar el incremento de hospitalizaciones en la CDMX, el cual se ha repuntado en las últimas semanas.

Los códigos QR aplicarán para restaurantes o establecimientos que tienen como giro principal la venta de alimentos preparados; también para gimnasios, clubes deportivos, boliches, exposiciones, museos, acuarios, casinos, casas de apuesta, cines, teatros, plazas y centros comerciales.

Además, deberán de acatar estas medidas: tiendas departamentales, bancos y servicios religiosos, y oficinas públicas y privadas que se encuentren realizando actividades de manera presencial.

Los dueños o responsables de los negocios deberán ingresar a la página: https://medidassanitarias.covid19.cdmx.gob.mx/, y obtener la actualización de la carta compromiso de cumplimiento de las medidas sanitarias que contendrá un código QR. Si aún no cuentan con su registro, deberán realizarlo en la plataforma.

Después deberán imprimir la carta compromiso y colocarla en un lugar visible en la entrada del establecimiento con la finalidad de que toda persona que desee ingresar, escanee el código QR mediante la cámara de su celular, para que registre su asistencia de manera automática con el número telefónico de su equipo.

En caso de que no cuenten con un equipo móvil que le permita escanear el código, deberán enviar los siete dígitos del folio de registro del establecimiento, que aparecerá en la parte inferior de los códigos QR, por mensaje de texto SMS al número 51515.

¿Cómo funciona?

Antes de ingresar a un establecimiento cerrado, las personas deberán escanear con su celular el código QR que estará en la entrada.

Accederá a un formulario y deberá ingresar únicamente su número de teléfono a 10 dígitos.

De esta forma se podrá notificar vía SMS (51515) o por medio de una llamada de Locatel (555658-1111), si la persona estuvo en el mismo lugar cerrado con una persona positiva por COVID-19.

La información recabada permitirá dar seguimiento a los casos de posible contagio o confirmados de COVID-19; también a las personas que estuvieron en el mismo lugar y horario de una persona con resultado positivo; localizar e informar a su red de contactos con los que tuvo cercanía; aplicar pruebas y demás acciones necesarias para la atención de la emergencia sanitaria.

La Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) precisó que el único dato personal que se solicita a los ciudadanos será el número telefónico el cual será tratado conforme a lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligado de la Ciudad de México y con la única finalidad de notificar vía SMS o a través de Locatel a las personas que hayan coincidido a la misma hora, en el mismo establecimiento mercantil o actividad, con alguien confirmado recientemente como positivo de COVID-19.

Crítica

La Red en Defensa de los Derechos Digitales mostró su preocupación en torno a las afectaciones que este mecanismo puede generar en los derechos humanos, en particular de poblaciones vulnerables, por lo que instaron al gobierno local a proveer mayor información respecto de la operación de dicho sistema.

En particular, se destacan las siguientes preocupaciones: El sistema no toma en cuenta las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre el uso de herramientas tecnológicas para el rastreo de contactos de COVID-19; las cuales sugieren, entre otras, que las soluciones tecnológicas sean descentralizadas, voluntarias, no impidan el acceso a bienes y servicios; además de que sean transparentes, conserven datos solo por tiempo limitado, así como otras consideraciones de privacidad que no han sido garantizadas.

También señalaron que el sistema tiene un potencial discriminatorio debido a que grupos vulnerables podrían verse impedidos de acceder a espacios cerrados. Además -dijeron- la información publicada en la Gaceta Oficial en torno a este sistema no ofrece suficientes garantías de protección de datos personales. 

“En particular, resultan preocupantes algunas manifestaciones públicas de funcionarios de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) en las que se pretende desestimar que los datos obtenidos por el sistema constituyan datos personales. De acuerdo a la Ley de Protección de Datos en Posesión de Sujetos Obligados, los datos personales son ‘cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable’”, señalaron.

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