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¿Vas a facturar? Ojo no cometas estos errores

A pesar de los cambios y la tecnología, para muchos las palabras ‘facturar’ o facturación electrónica sigue siendo un tema escabroso.

De hecho, los datos así lo reflejan, pues actualmente una de las tres principales razones por las que los negocios emergentes no crecen o fracasan es una mala administración, donde la salud contable se posiciona como una de las áreas más críticas.

«Asimismo, no hay que olvidar que las mipymes enfrentan aún los retos que trajo consigo la pandemia para su crecimiento y supervivencia”, explica Ana Zaldivar, Directora de Producto de Intuit QuickBooks México.

“Sin duda, la facturación es una tarea exigente, que conlleva tiempo importante para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), sobre todo en un contexto de nuevas disposiciones de parte del sistema tributario, a partir de cambios como la actualización de la factura electrónica, la cual pasa de su versión 3.3 a la 4.0.

Con esto en mente, la experta comparte los 3 errores más comunes que los emprendedores cometen durante su facturación.

1. Razón social y RFC actualizados

La razón social tanto de la mipyme como de sus clientes es uno de los errores más comunes a la hora de facturar. Y es que es muy común que los emprendedores confundan el nombre comercial con la razón social.

Ahora, al ser un campo obligatorio con la facturación 4.0, ésta debe de estar actualizada y coincidir con la que aparece en la constancia de situación fiscal.

2. Código postal propio y de cliente

Otro error común a partir de la factura 4.0 es que el código postal del cliente no coincide con el que aparece en su constancia de situación fiscal actualizada; es decir, el campo “Domicilio Fiscal Receptor” del receptor de la factura debe estar inscrito en la lista de no cancelados por el SAT, y coincidir con el nombre asociado al RFC.

Aquí también es necesario que el código postal del campo “Domicilio Fiscal Receptor” sea el mismo del campo “Lugar de Expedición”.

3. Régimen fiscal y uso de la factura

La clave del campo “Régimen Fiscal” del cliente debe corresponder con el tipo de persona que es ante el SAT, ya sea física o moral, entre otras. Por ello, si es necesario hay que editar esta información, la cual debe coincidir con el dato en la constancia de situación fiscal actualizada.

Asimismo, el uso del CFDI debe coincidir con los usos permitidos para el régimen fiscal cliente, esto conforme el catálogo de usos del SAT.

Como vemos, y a medida que todo lo que resta del año será un periodo de transición hasta que la nueva versión de facturación 4.0 sea obligatoria, es importante que las mipymes comiencen a detectar esos campos para ahorrarse dolores de cabeza innecesarios.

“Sobre todo porque implican actualizar la información de sus clientes y la propia, tarea que puede implicar tiempo. Por ello, más que esperar hasta el último momento, ponerse a ello desde ya será un aliciente de cara al cierre del 2023”,  concluyó Ana Zaldivar.

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